Financieras
Santander Consumer Finance es, probablemente, la financiera de coches más presente en los concesionarios de España. Da igual que fueras a comprar un Ford, un Opel o incluso un coche de una marca que no tiene financiera propia: en muchos casos, el contrato que firmaste era con Santander Consumer. Y eso tiene implicaciones importantes si estás pensando en reclamar.
La verdad es que son de los que más resistencia ponen al principio. No en el sentido de que sean ilegales en su respuesta, sino en que su proceso de atención al cliente está diseñado para que te canses. Formularios, plazos que se alargan, respuestas genéricas. Lo digo porque hay que saberlo de antemano.
Depende del año y del concesionario, pero los rangos más habituales en contratos firmados entre 2010 y 2020 estaban entre el 18% y el 26% TAE. Algunos contratos llegaban al 28-29%, especialmente en coches de segunda mano o en financiaciones de importe bajo (menos de 8.000 €), donde los tipos tienden a ser más altos.
El TIN que aparecía en el contrato solía ser más bajo, alrededor del 9-13%, y ahí está parte del truco: mucha gente miraba el TIN y pensaba que era razonable. Pero el TIN no incluye las comisiones de apertura, los seguros vinculados ni otros cargos. La TAE sí los incluye todos, y era esa la que triplicaba o cuadruplicaba el precio del dinero en el mercado.
Referencia legal: El Tribunal Supremo, en su sentencia STS 628/2015, estableció que un préstamo es usurario cuando la TAE supera notablemente el interés normal del dinero en el momento de la firma. Para créditos al consumo en España, ese interés normal rondaba el 8-9% cuando muchos de estos contratos se firmaron.
Si tienes el contrato, busca en la parte superior o en la carátula alguna de estas denominaciones: "Santander Consumer Finance, S.A.", "Banco Santander Consumer Finance", o simplemente "Santander Consumer". El NIF que suele aparecer es A-28522700.
Si no tienes el contrato, puedes comprobarlo mirando a quién hacías las transferencias o los cargos en cuenta. Si el beneficiario era alguna entidad con "Santander" en el nombre, ahí tienes la pista. También puedes solicitarlo directamente a la financiera: tienen obligación legal de guardarlo durante al menos seis años y de dártelo si lo pides.
Hay contratos que llevan el nombre del concesionario o de la marca del coche en la portada pero son de Santander Consumer por dentro. Esto es más común de lo que parece en marcas como Ford, Opel, Peugeot o Citroën en ciertos períodos.
Marta firmó en 2016 un contrato de financiación para un Opel Astra en un concesionario de Zaragoza. El importe financiado era de 12.400 €, a cuatro años, con una TAE del 22,4%. Ella no lo había revisado en detalle porque el comercial le dijo que "era la financiación estándar de Opel" y ella se fió.
Cuando revisamos el contrato, la comisión de apertura era de 320 € y había un seguro de protección de pagos que sumaba unos 38 € al mes durante los 48 meses. En total, había pagado casi 5.500 € en intereses y cargos sobre un coche de 12.400 €. Eso es demasiado.
El proceso extrajudicial con Santander Consumer duró unos tres meses, con dos respuestas negativas de por medio. A la tercera, con el expediente bien preparado y citando la STS 149/2020, aceptaron. Marta recuperó 3.840 €, que incluían los intereses cobrados de más más la parte del seguro vinculado que se consideró impuesto de forma irregular.
No todos los casos acaban igual. Hay situaciones en que el porcentaje de TAE, aunque alto, no alcanza el umbral que los tribunales consideran usurario en ese período concreto. O en que el contrato estaba bien redactado y la transparencia era suficiente. Por eso antes de ilusionarte conviene hacer un análisis real del contrato.
Hay bastante jurisprudencia menor (Juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales) con condenas a Santander Consumer Finance por intereses usurarios en préstamos para vehículos. La línea general sigue la doctrina del Supremo, pero la aplicación concreta depende mucho del juzgado y de la TAE exacta del contrato.
La STS 258/2023 actualizó los criterios para determinar cuándo una TAE es "notablemente superior" al interés normal del dinero, y en general endureció un poco el listón respecto a lo que los juzgados de instancia venían aplicando. No significa que sea imposible reclamar, sino que los contratos con TAE del 15-17% tienen hoy menos recorrido que antes, mientras que los que superan el 20% siguen siendo claramente reclamables.
Primero, consigue el contrato. Si no lo tienes, escríbeles una carta certificada solicitando copia completa del contrato de financiación y del cuadro de amortización. Tienen 30 días para responder.
Segundo, revisa la TAE. Está en la primera o segunda página del contrato, normalmente en una tabla con los datos financieros principales. Si es superior al 18-20%, merece la pena un análisis completo.
Tercero, presenta reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Santander Consumer Finance (por escrito, con acuse de recibo). Tienen dos meses para contestar. Si deniegan o no contestan, puedes ir al Banco de España y/o iniciar acción judicial.
Cuarto, si van a juicio, el procedimiento habitual es un juicio verbal o ordinario en función de la cuantía. Los costes de abogado y procurador suelen ser asumibles si la cantidad a reclamar supera los 2.000-3.000 €, que en la mayoría de casos ocurre.
Sí. Esto es algo que mucha gente no sabe: el plazo de prescripción para reclamar es de cinco años desde el último pago, según el Código Civil (artículo 1964). Si terminaste de pagar en 2021, todavía estás dentro del plazo en 2025. Si terminaste en 2019, ya se te ha pasado. Así que si tienes dudas, mejor no esperar más.
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